Monday, January 02, 2006

Criterios de Talasoterapia


Existe una definición europea del término “talasoterapia” establecido según criterio emitido por la ESPA ( Asociación Europea de Balnearios) para garantizar unas normas de calidad altas y establecer el término como una marca. La Talasoterapia cubre un espectro ancho que va desde el tratamiento médico de enfermedades crónicas a la profilaxis en individuos sanos. También es un componente de programas de bienestar.

El término “talasoterapia” sólo se utilizará si se cumplen las siguientes definiciones y requisitos previos y se toman las medidas siguientes :

• Se define la Talasoterapia como un plan integrado por terapia, prevención y promoción de la salud. El plan se llevará a cabo mediante indicaciones dadas bajo cuidado médico y con la participación de personal cualificado.

• La Talasoterapia se llevará a cabo junto al mar, donde el clima marítimo tiene un efecto inmediato.
• El mar se usará para bañarse. El agua del mar que sea recogida localmente se usará para inhalar o para bañarse en una bañera o piscina de natación.
• Productos marinos. Es posible utilizar barro, fango o algas etc. para las diferentes aplicaciones.
• La calidad del aire debe garantizar que las largas estancias al aire libre representen un factor de descanso y mejora de calidad de vida.
• La helioterapia será fundamentalmente con radiación solar natural. En condiciones metereológicas adversas, la radiación ultravioleta artificial puede complementar la helioterapia.
• La exposición al clima y la terapia de ejercicios se llevarán a cabo mediante pautas definidas en zonas cercanas a la orilla del mar.

Esta lista de criterios básicos fue realizada por un grupo de trabajo del Comité para la Talasoterapia de la Asociación Alemana de Balnearios, y se discutió y aprobó en sesión plenaria de la Conferencia Europea en Talasoterapia celebrada en Rostock , en enero de 2002.

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